Auto Supremo AS/0815/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0815/2007

Fecha: 16-Nov-2007

Por último refiere que en aplicación del art


Por último refiere que en aplicación del art. 265 del Cód. Trib., las partes deben presentar las pruebas pertinentes en su derecho con relación a la validez o nulidad del acuerdo, acto o resolución administrativa impugnada y si el demandante estaba en desacuerdo con el cálculo, debió demostrar que existieron errores por parte de la administración tributaria municipal, presentando las tablas extrañadas