Auto Supremo AS/0834/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0834/2007

Fecha: 30-Nov-2007

Partiendo del mencionado presupuesto procesal, corresponde recordar que todos los actos administrativos realizados por el


Partiendo del mencionado presupuesto procesal, corresponde recordar que todos los actos administrativos realizados por el ente tributario o aduanero, se encuentran sujetos mediante el proceso contencioso tributario instituido por el art. 182 del Cód. Trib. (Ley Nº 1340), concordante con la atribución establecida en el inciso B numeral 1º del art. 157 de la L.O.J., al control y especialmente a una revisión prolija por parte del administrador de justicia, para establecer si esos actos se adecuaron a las normas y formalidades vigentes en la República y que en su aplicación, no se hubiesen vulnerado derechos fundamentales de los contribuyentes, respetando lógicamente el principio de informalismo que rige esta rama del derecho tributario