Auto Supremo AS/0656/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0656/2007

Fecha: 15-Dic-2007

Que, asimismo, no se encuentran defectos absolutos o vicios de sentencia que se hubieran cometido


Asimismo, existiendo prueba plena y valorada conforme las reglas de la sana crítica, la lógica y la experiencia; la subsunción del hecho al delito de despojo fue legal y sin vicios de nulidad, ya que los elementos que caracterizan al hecho ilícito se encuadran a los elementos constitutivos del tipo penal incurso en el artículo 351 del Código Penal.

Que, asimismo, no se encuentran defectos absolutos o vicios de sentencia que se hubieran cometido durante el juicio oral y/o en el periodo del recurso de apelación restringida, menos el recurso cumple con las exigencias de la regla legal inserta en el artículo 416 del Código de Procedimiento Penal, por lo que el recurso deviene en infundado