Auto Supremo AS/0071/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2007

Fecha: 08-Feb-2007

Concluyéndose que el Tribunal ad quem al confirmar la sentencia de Fs


Concluyéndose que el Tribunal ad quem al confirmar la sentencia de Fs. 18, pronunció el auto de vista correctamente, puesto que la nulidad invocada, no causó perjuicio a las partes ni provocó en ellas indefensión, en el marco de lo previsto por el Art. del Art. 236 del Cód. Pdto. Civ., ajustando su resolución a los principios de congruencia, pertinencia y exhaustividad; en consecuencia no corresponde dar lugar a la nulidad prevista por el Art. 90 del adjetivo civil