Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0089/2007
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0089/2007

    Fecha: 15-Feb-2007

    Asimismo, conforme a la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría


    Asimismo, conforme a la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría de Sala remítanse copias de los antecedentes del proceso a las Salas penales de las Cortes Superiores de Distrito a efectos de que se inhiban de resolver causas, donde se debatan similares cuestiones de hecho
    • CONSIDERANDO: Los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, norman los requisitos para
    • CONSIDERANDO: Que dentro del plazo establecido por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal,
    • 2
    • 3
    • 5
    • 6
    • CONSIDERANDO: Que analizado el recurso, se tiene que se observó el plazo otorgado por el
    • Sobre las denuncias de inobservancia y errónea aplicación de la ley sustantiva, de que existe
    • POR TANTO: La sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, ADMITE el recurso
    • Asimismo, conforme a la previsión del artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, por Secretaría
    • Regístrese y hágase saber
    • Sucre, quince de febrero de dos mil siete
    • Proveído.- Abog. Ximena L. Mendizábal Hurtado -Secretaria de Cámara-

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca