Auto Supremo AS/0277-A/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277-A/2007

Fecha: 09-Mar-2007

El sistema procesal penal acusatorio se asienta sobre las bases de la oralidad, continuidad, contradicción


Doctrina Legal Aplicable

El sistema procesal penal acusatorio se asienta sobre las bases de la oralidad, continuidad, contradicción e inmediación, principios que únicamente pueden ser plasmados en la esfera de la realidad cuando las autoridades jurisdiccionales no tienen discutida su imparcialidad, o dicho de otro modo, gozan de objetividad indiscutida en su quehacer; y para el caso de suscitarse un incidente desconociendo aquella, se cumplan los presupuestos para descartar totalmente dicha duda por los Tribunales superiores, últimos que gozarán de competencia únicamente para pronunciarse sobre la legalidad o no del supuesto generador de la excusa o la recusación, cumpliendo obligatoriamente el trámite previsto por el num. 1) del Art. 320 y el efecto sancionado por el Art. 321, ambos del Código de Procedimiento Penal, siendo insalvable la omisión de dicho procedimiento por disposición del num. 1) del Art. 169 del mismo cuerpo normativo, acarreando en lógica consecuencia su incumplimiento la anulación de lo actuado