Auto Supremo AS/0277-A/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277-A/2007

Fecha: 09-Mar-2007

Que, la omisión señalada, atenta en primer lugar contra el derecho al juez imparcial que


Que, la omisión señalada, atenta en primer lugar contra el derecho al juez imparcial que les asiste a las justiciables, y ante la negativa de allanamiento sustentada por el Juez, aquel tenía la obligación ineludible de remitir en consulta dicho incidente al Tribunal llamado por ley, a objeto de que no quede pendiente la discusión de competencia suscitada a raíz de la recusación apuntada; omisión no subsanable de oficio, pues la recusación es un procedimiento que permite en el fondo otorgar legitimidad a las actuaciones del Juez y ratificar el principio del debido proceso, quedando la competencia de la autoridad recusada suspensa conforme dispone el Art. 321 del Código de Procedimiento Penal, afectando sin duda al orden público la falta de su tramitación conforme al procedimiento previsto por la Ley, defecto que debió ser considerado y resuelto por el Tribuna inferior antes de ingresar a conocer el fondo del asunto. En consecuencia, corresponde emitir la doctrina legal aplicable