Contra esta resolución los demandantes por intermedio de su apoderada, recurren de casación en el
Contra esta resolución los demandantes por intermedio de su apoderada, recurren de casación en el fondo y en la forma, último recurso que el Tribunal pasa a analizar con carácter previo:
a) Recurso de casación en la forma.- En relación a este recurso, los recurrentes fundamentan y acusan de que habiéndose objetado la proposición de prueba de reciente obtención presentada por el demandado, el mismo no fue resuelto ni pronunciado en sentencia, consecuentemente al no haberse resuelto dicha objeción y pronunciado sentencia sin que previamente se hubiera resuelto la validez o invalidez de la prueba objetada, piden al Tribunal Supremo, se disponga la nulidad del proceso, hasta antes de la sentencia por existir violación al artículo 383 con relación al 90 y 254-4 del Código de Procedimiento Civil y artículo 15 de la Ley de Organización Judicial
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Prescripción extintiva o liberatoria
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto de fojas 171 a 175 vuelta por Vivian Amparo
- Contra esta resolución los demandantes por intermedio de su apoderada, recurren de casación en el
- CONSIDERANDO: Que, asi expuestos los anteriores fundamentos, corresponde primeramente ingresar al análisis del recurso de
- Formuladas que fueron las respectivas conclusiones por parte del apoderado de los demandantes de fojas
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los hechos tramitados, se evidencia que el juez a quo, a
- La incongruencia, constituye un defecto procesal o error "in procedendo" que se sanciona con la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Fue de voto disiente, el Señor Ministro Julio Ortiz Linares, su voto fue porque se
- El proyecto de resolución, vota por la nulidad de obrados por el sólo hecho de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 12 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
