VISTOS: El recurso de casación interpuesto de fojas 171 a 175 vuelta por Vivian Amparo
PARTES : Fernando Enrique Octavio Delgado Orias y otra c/ Banco Mercantil S. A.
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación interpuesto de fojas 171 a 175 vuelta por Vivian Amparo Calderón Zamorano, en representación de Fernando Enrique Octavio Delgado Orías y Nelly Amparo Zamorano contra el auto de vista de fecha 10 de agosto de 2004 de fojas 166 a 166 vuelta, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, en el proceso ordinario sobre prescripción extintiva o liberatoria, seguido por los recurrentes contra el Banco Mercantil S.A. representado por Percy Miguel Añez Rivero, los antecedentes procesales, y:
CONSIDERANDO: Que el Juez Decimoprimero de Partido Ordinario en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, mediante sentencia que corre de fojas 144 a 147 declara improbada la demanda ordinaria de fojas 22 a 23 vuelta la misma que impugnada que fue por los demandantes, fue absuelta mediante Auto de Vista de fecha 10 de agosto de 2004 que corre de fojas 166 a 166 vuelta, confirmando la sentencia en todas sus partes, solicitando los demandantes explicación y complementación mediante memorial de fojas167 a 168, mereciendo el Auto de fojas 169 que declara no ha lugar a lo solicitado
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Prescripción extintiva o liberatoria
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto de fojas 171 a 175 vuelta por Vivian Amparo
- Contra esta resolución los demandantes por intermedio de su apoderada, recurren de casación en el
- CONSIDERANDO: Que, asi expuestos los anteriores fundamentos, corresponde primeramente ingresar al análisis del recurso de
- Formuladas que fueron las respectivas conclusiones por parte del apoderado de los demandantes de fojas
- CONSIDERANDO: Que así expuestos los hechos tramitados, se evidencia que el juez a quo, a
- La incongruencia, constituye un defecto procesal o error "in procedendo" que se sanciona con la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Fue de voto disiente, el Señor Ministro Julio Ortiz Linares, su voto fue porque se
- El proyecto de resolución, vota por la nulidad de obrados por el sólo hecho de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 12 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
