Auto Supremo AS/0213/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2007

Fecha: 25-Abr-2007

De lo relacionado precedentemente se infiere que, si bien la demandante demostró estar en posesión


De lo relacionado precedentemente se infiere que, si bien la demandante demostró estar en posesión del inmueble por más de diez años, sin embargo en el curso del proceso los demandados acreditaron su condición de herederos y la entrega judicial de la posesión del bien, sin que conste en obrados que la actora haya observado la declaratoria de herederos o se hubiere opuesto a la posesión ministrada y que le fue notificada conforme se evidencia por el testimonio de fs. 23 a 24, acto en el cual necesariamente debió haberse opuesto, consiguientemente consintió y aceptó la calidad de herederos de los ahora demandados, de ahí que el tribunal ad quem al haber recovado el fallo de primera instancia, no ha violado los arts. 138 y 1029, al contrario, ha aplicado correctamente la norma prevista por el art. 1233 del Código Civil, considerando el bien hereditario como proindiviso