Se deja constancia que en razón a la disidencia de la señora Ministra Emilse Ardaya
Se deja constancia que en razón a la disidencia de la señora Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez a la que se adhirió el señor Ministro Jaime Ampuero García, convocado a fs. 106, con el criterio que se ingrese a resolver el fondo del recurso, pasaron los obrados a la primera disidente para que elabore proyecto de resolución. Sin embargo, existiendo divergencias en cuanto a la aplicación del art. 282 del Código de Procedimiento Civil, respecto a quien debe oficiar como Relator, se remitieron actuados en consulta a la Sala Plena, la que fue absuelta conforme consta a fs. 111 a 112 en sentido que el Primer Ministro disidente es quien debe presentar proyecto de resolución en el fondo
- DISTRITO : Beni PROCESO: Ordinario - Usucapión
- CONSIDERANDO: Que, el juez Tercero de Partido en lo Civil de la ciudad de Trinidad,
- La decisión del a quo fue apelada por los demandados, motivando la resolución de vista
- Contra la resolución de vista, la demandante perdidosa impugna en casación, acusa la errónea o
- Sostiene que el tribunal de alzada ha aplicado indebidamente el art
- Acusa que el tribunal ad quem no tomó en cuenta que los demandados no ejercieron
- CONSIDERANDO: Que, de la revisión de los obrados en función al recurso interpuesto, se evidencia
- Corridos los trámites del proceso, el juez a quo pronunció sentencia declarando probada la demanda
- CONSIDERANDO: Que, conforme establece el art
- A su vez el art
- En el sub lite, a fs
- De lo relacionado precedentemente se infiere que, si bien la demandante demostró estar en posesión
- Asimismo, el tribunal ad quem no pudo haber violado los arts
- Por lo expuesto, el tribunal ad quem al revocar la sentencia de primer grado, ha
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de bolivianos quinientos, que mandará hacer
- Para resolución interviene la Señora Ministra Rosario Canedo Justiniano, conforme al proveído de fs. 115
- Fue de voto disidente el Señor Ministro Jaime Ampuero García, de la Sala Social y
- El Primer Relator: Ministro Julio Ortiz Linares, se mantuvo en su proyecto de resolución porque
- En consecuencia, observando la previsión del art
- Se deja constancia que en razón a la disidencia de la señora Ministra Emilse Ardaya
- Regístrese y devuélvase
- Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dr. Jaime Ampuero García
- Proveído : Sucre, 25 de abril de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
