La representante del Ministerio Público, formula recurso de casación contra la Resolución referida en el
La representante del Ministerio Público, formula recurso de casación contra la Resolución referida en el párrafo precedente, refiriendo como fundamento, entre otros, que fue pronunciada con un manifiesto interés por parte del Vocal Relator Eloy M. Avendaño Menchaca, quién había actuado en el proceso penal como abogado patrocinante del las coprocesadas Alejandrina Solíz de Burgos y Martha Roxana Burgos Solíz. Los Vocales de la Sala Penal Segunda de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, ante la interposición del recurso de casación, pronuncian el Auto de 10 de noviembre de 2006 (fojas 80), a través del cual, con el fundamento de que en obrados se evidencia la existencia de un recurso de casación formulado por las coprocesadas Alejandrina Solíz de Burgos y Martha Roxana Burgos contra el Auto de Vista que las declaraba autoras del delito juzgado en grado de complicidad, cuya data es del año 1999, firmado por el Vocal Eloy M. Avendaño Menchaca, que en aquella oportunidad actuó como abogado patrocinante de las nombradas y que es deber de los juzgadores velar por que el proceso se desarrolle sin vicios que afecten la sanidad del proceso, anulan obrados hasta el sorteo para la resolución de la causa
- PROCESO: Consulta de Excusa
- PARTE: Promovida por los Dres
- CONSIDERANDO: Que, los doctores Eloy M
- Que, mediante auto de 15 de Noviembre de 2006 (fojas 85), los doctores Ángel Villarroel
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- CONSIDERANDO: Que, con objeto de resolver la consulta formulada por los Vocales de la Sala
- CONSIDERANDO: Que, las excusas de los doctores Eloy M
- La documental adjuntada a la observación de las excusas (fojas 62 a 65), demuestra que
- Los Vocales de la Sala Penal Segunda de la R
- La representante del Ministerio Público, formula recurso de casación contra la Resolución referida en el
- De lo dicho precedentemente, se concluye que la excusa del Dr
- No interviene el Ministro Juan José González Osio por encontrarse con licencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Sofía L. Fiengo S.
