Que, mediante auto de 15 de Noviembre de 2006 (fojas 85), los doctores Ángel Villarroel
Que, mediante auto de 15 de Noviembre de 2006 (fojas 85), los doctores Ángel Villarroel Díaz, y Juan Marcos Terrazas R., Vocales de la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, observan las excusas formuladas por los Vocales de la Sala Penal Segunda, argumentando en lo principal:
1.- Que los Vocales cuya excusa se observa, en 11 de enero de 2006, radicaron la causa en su Sala para conocer el recurso de apelación incidental formulado por los terceristas contra el auto pronunciado por los Jueces de Partido Primero de Sustancias Controladas que rechazaron la devolución del inmueble de propiedad de los apelantes, habiendo pronunciado previo Requerimiento Fiscal el Auto de Vista de 30 de septiembre de 2006 revocando el auto apelado y disponiendo la devolución del inmueble a favor de los terceristas
- PROCESO: Consulta de Excusa
- PARTE: Promovida por los Dres
- CONSIDERANDO: Que, los doctores Eloy M
- Que, mediante auto de 15 de Noviembre de 2006 (fojas 85), los doctores Ángel Villarroel
- 2
- 4
- CONSIDERANDO: Que, con objeto de resolver la consulta formulada por los Vocales de la Sala
- CONSIDERANDO: Que, las excusas de los doctores Eloy M
- La documental adjuntada a la observación de las excusas (fojas 62 a 65), demuestra que
- Los Vocales de la Sala Penal Segunda de la R
- La representante del Ministerio Público, formula recurso de casación contra la Resolución referida en el
- De lo dicho precedentemente, se concluye que la excusa del Dr
- No interviene el Ministro Juan José González Osio por encontrarse con licencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Sofía L. Fiengo S.
