Casación en la forma
Impugnando la resolución indicada la actora recurre de casación en la forma y en el fondo, bajo los siguientes fundamentos de orden legal:
Casación en la forma:
La recurrente denuncia violación al artículo 16 y 116-X) de la Constitución Política del Estado al no haberle sido notificados la radicatoria del expediente de fojas 138 vuelta el informe del vencimiento del término para apersonarse, el decreto de autos y el sorteo de la cusa cursante a fojas 139, vulnerando sus derechos constitucionales, al habérsele privado de su derecho a la defensa
- DISTRITO : Santa Cruz PROCESO: Ordinario - Desocupación y entrega de inmueble
- CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido y Sentencia de Montero-Prov
- Contra esta resolución recurre en apelación la actora la misma que es absuelta por auto
- Casación en la forma
- Al respecto y de la revisión de los folios señalados se evidencia que a fojas
- La recurrente también denuncia de falta de motivación, congruencia y exhaustividad en el Auto de
- Al respecto de la lectura del recurso de apelación de fojas 128 a 131 vuelta
- Respecto al derecho fundamental a la efectividad de la tutela judicial en su concreta vertiente
- La existencia de una motivación adecuada y suficiente en función de las cuestiones que se
- Que, ante lo referido anteriormente, la resolución impugnada infringe el "debido proceso" al evidenciarse ser
- La incongruencia, constituye un defecto procesal o error "in procedendo" que se sanciona con la
- El auto de vista recurrido, es "citra petita" por haber infringido el artículo 236 del
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Proveído : Sucre, 14 de mayo de 2007
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
