Auto Supremo AS/0276/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2007

Fecha: 04-May-2007

CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso, planteado en el fondo, luego de efectuar una minuciosa


DISTRITO: La Paz

PARTES: Amalia Cuadros Gutiérrez c/ SENASIR

= = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = =

VISTOS: El recurso de casación de Fs. 259-260 interpuesto por el Servicio Nacional del Servicio de Reparto - SENASIR, representado por su Director General Ejecutivo, Walter Castillo Guerra, del auto de vista No. 085/05-SSA-III de Fs. 257 dictado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de La Paz, en el proceso administrativo de reconocimiento de renta única de viudedad, seguido por Amalia Cuadros Gutiérrez con el Servicio recurrente; sus antecedentes, lo alegado por las partes, las infracciones acusadas, el dictamen fiscal de Fs. 270-271, y

CONSIDERANDO I: Que el Tribunal de alzada por auto de vista de Fs. 257, revoca la Resolución No. 0367.04 de 9 de agosto de 2004 de la Comisión de Reclamaciones, cursante a Fs. 247-249, que confirma la No. 013486 de Fs. 200-201, fechada en 1º de noviembre de 2001, emitida por la Comisión Calificadora de Rentas de la Dirección de Pensiones desestimando la solicitud de renta única de viudedad interpuesta por Amalia Cuadros Gutiérrez.

Auto de vista revocatorio que dispone que el SENASIR dicte nueva resolución otorgando a Amalia Cuadros Gutiérrez renta de viudedad, conforme la normativa legal vigente; del que se interpone el presente recurso de casación de Fs. 259-260, que se pasa a examinar.

CONSIDERANDO II: Que el aludido recurso, planteado en el fondo, luego de efectuar una minuciosa y precisa relación de los antecedentes de la gestión administrativa procesada sobre reconocimiento de renta de viudedad, alega haberse infringido los Arts. 52 del Código de Seguridad Social y 34 del Manual de Prestaciones, al forzar, en el auto de vista, su interpretación, conteniendo por lo demás, el recurso, profusa cita de normas legales con omisión en el cumplimiento de la exigencia procesal del Art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, en cuanto se limita a la referida relación de antecedentes, a partir del inicio de la gestión de reconocimiento de renta de orfandad a la menor Elizabeth Rodríguez Cuadros, hija del causante Armando Rodríguez Mariaca y Amalia Cuadros Gutiérrez, renta de orfandad que fue otorgada por el Fondo de Pensiones de la Banca Estatal, conforme a la Resolución de Fs. 162