Auto Supremo AS/0294/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2007

Fecha: 04-May-2007

CONSIDERANDO II: Que el extenso y discursivo recurso en conocimiento, está referido a una relación


CONSIDERANDO II: Que el extenso y discursivo recurso en conocimiento, está referido a una relación del proceso en la que impugna el auto de vista, fundamentalmente, en dos extremos; el primero en la forma, referido a la omisión en la que incurre el Aquo en el cumplimiento de la previsión de los arts. 128 y 129 del Código Procesal del Trabajo y 188 del Adjetivo Civil, acusados de infringidos, al no haber corrido traslado al actor con el memorial de oposición de excepciones previas de incompetencia y oscuridad e imprecisión en la demanda, antes de pronunciarse sobre las mismas; definición que debió darla mediante auto motivado expreso y previamente al auto de relación procesal y apertura del plazo probatorio, puesto que el Juez A quo a Fs. 49 establece esa relación y rechaza las aludidas excepciones, sin fundamentación, incurriendo en infracción de la normas legales antes citadas así como de los arts. 90 y 252 del Código de Procedimiento Civil, haciendo aplicable el 254-7) del mismo adjetivo; el segundo, en el fondo, acusa error de hecho en la valoración de la prueba de descargo, aportada de Fs. 13 a 36, con el valor probatorio de los art. 159 y 161 del Adjetivo Laboral; consistente en los recibos con los que se acredita que el actor percibía de la empresa honorarios profesionales cancelados por servicios como abogado en los procesos sociales en que fue demandada, de acuerdo al Arancel del I. Colegio de Abogados de Santa Cruz; relación contractual de orden civil que no generaba reconocimiento de derechos laborales al actor que no era dependiente de la empresa Bartos y no percibía sino honorarios que de ninguna manera significa sueldos, que tienen un carácter de regularidad y, los dineros que percibía eran esporádicos e irregulares de acuerdo a los servicios prestados