Auto Supremo AS/0294/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2007

Fecha: 04-May-2007

CONSIDERANDO III: Que de obrados se establece que en la acción planteada a Fs


CONSIDERANDO III: Que de obrados se establece que en la acción planteada a Fs. 2-3 y contestada negativamente a Fs. 47-48, oponiendo excepciones previas de incompetencia, contradicción e imprecisión en la demanda, es dictado el auto de relación procesal de Fs. 49, con la omisión acusada; del examen de la prueba de cargo y de descargo, la primera de Fs. 1 la, segunda de Fs. 13-36 en la que, básicamente, se funda la acción y con la que se establece la litis pendentia, se demuestra que el actor prestó servicios profesionales, en el lapso alegado en la demanda, en base a concierto verbal entre partes. Hecho afirmado y no contradicho en el proceso