Auto Supremo AS/0529/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2007

Fecha: 08-May-2007

En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No


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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 265-268, interpuesto por Mario Alfonso Hernández Sir, en representación de la Empresa Publicitaria MAHS, contra el auto de vista No. 484 de 24 de octubre de 2006 (fs. 259-260) y auto complementario No. 521 de 20 de noviembre de 2006 (fs. 263), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro el proceso social que sigue Edgar Peñafiel Candia contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 271, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia No. 150 el 5 de septiembre de 2005 (fs. 240-242), declarando probado en parte el derecho demandado con costas, ordenando a la empresa M.A.H.S., a través de su representante legal Mario Alfonso Hernández Sir, cancelar beneficios sociales a favor del demandante Edgar Peñafiel Candia, conforme la liquidación inserta, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo y bono de antiguedad la suma total de Bs. 9.231,48.-

En grado de apelación, a instancia de ambas partes, por auto de vista No. 484 de 24 de octubre de 2006 (fs. 259-260), se confirmó la sentencia de fs. 240-242; sin costas por la doble apelación. Luego, a solicitud de explicación y complementación planteada por el demandado, se emitió el auto No. 521 de 20 de noviembre de 2006 (fs. 263), manteniendo la sentencia, sin lugar a enmienda alguna y, aclara que en la parte final del último considerando debe decir: "corresponde confirmar la sentencia"