Dicho fallo, motivó que el indicado beneficiario, interponga recurso de casación en el fondo (fs
Dicho fallo, motivó que el indicado beneficiario, interponga recurso de casación en el fondo (fs. 118), en el que refiere que el auto de vista no consideró que a los ex trabajadores, no se les facilita los documentos por parte del empleador, por eso es que se determinó en el Cód. Proc. Trab., que la carga de la prueba corresponde al empleador, conforme establecen los arts. 66 y 150 del Cód. Proc. Trab., en autos, se hizo mucho al presentar el récord de años de servicios certificados por la empresa donde trabajó y que para desgracia, en el presente caso se tiene la quema de archivos que podían ser expuestos por la entidad, contingencia que nada tiene que ver con su responsabilidad
- PARTES: Juan Guzmán Puente c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas de la
- Interpuesto el recurso de reclamación por el beneficiario (fs
- En grado de apelación interpuesto por el solicitante (fs
- Dicho fallo, motivó que el indicado beneficiario, interponga recurso de casación en el fondo (fs
- La infracción fundamental fue que se consideró que no presentó pruebas, pese a que correspondía
- No se consideró que, en aplicación del art
- El hecho de no reconocerse su renta de vejez, vulnera sus derechos fundamentales establecidos en
- Concluyó indicando que este Tribunal, analizando en el fondo, casará el auto de vista recurrido
- Por ello, es que los regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de
- Sobre dicho marco, se ha instituido en el art
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- Empero, junto a la solicitud de renta de vejez, el actor acompañó varios documentos: Liquidación
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatorias de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Jaime Ampuero García
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
