POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad que le confiere el art. 60 inc. 1) de la L.O.J., en desacuerdo con el dictamen fiscal de fs. 132-133, CASA, el auto de vista de fs. 114-115 de 29 de septiembre de 2004 y, deliberando en el fondo, dispone que la Comisión de Calificación de Rentas, otorgue a favor del solicitante: Juan Guzmán Puente, renta de vejez básica, tomando en cuenta las 195 cotizaciones acreditadas, importe a ser liquidado y cancelado en forma retroactiva a partir de octubre de 1997, conforme a la fecha de presentación de la solicitud cursante a fs. 12 de obrados
- PARTES: Juan Guzmán Puente c/ Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR)
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso administrativo, la Comisión de Calificación de Rentas de la
- Interpuesto el recurso de reclamación por el beneficiario (fs
- En grado de apelación interpuesto por el solicitante (fs
- Dicho fallo, motivó que el indicado beneficiario, interponga recurso de casación en el fondo (fs
- La infracción fundamental fue que se consideró que no presentó pruebas, pese a que correspondía
- No se consideró que, en aplicación del art
- El hecho de no reconocerse su renta de vejez, vulnera sus derechos fundamentales establecidos en
- Concluyó indicando que este Tribunal, analizando en el fondo, casará el auto de vista recurrido
- Por ello, es que los regímenes de seguridad social se inspiran en los principios de
- Sobre dicho marco, se ha instituido en el art
- 2
- 3
- Empero, junto a la solicitud de renta de vejez, el actor acompañó varios documentos: Liquidación
- 4
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin multa por ser excusable
- Para resolución, según convocatorias de fs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Jaime Ampuero García
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
