Auto Supremo AS/0602/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2007

Fecha: 14-Jun-2007

Sobre dicho marco, se ha instituido en el art


Sobre dicho marco, se ha instituido en el art. 45 del Cód. S.S. que tienen derecho a la renta de vejez, el asegurado que hubiese acreditado al menos 180 cotizaciones mensuales y hubiese cumplido las edades para acceder a dicho beneficio, para los varones 55 años y 50 años para las mujeres, salvo que, en aplicación del art. 1º de la R.M. Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997, los interesados se hubiesen acogido a dicho beneficio, con reducción de edad de 50 y 45 años, respectivamente; empero, acreditado necesariamente las 180 cotizaciones mínimas y necesarias