Auto Supremo AS/0602/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0602/2007

Fecha: 14-Jun-2007

Empero, junto a la solicitud de renta de vejez, el actor acompañó varios documentos: Liquidación


Empero, junto a la solicitud de renta de vejez, el actor acompañó varios documentos: Liquidación final de beneficios sociales (fs. 1), Récord de servicios prestados en la COMIBOL, consistente en información para la Caja Nacional de Seguridad Social (fs. 2, 3, repetidos a fs. 43), certificado de años de servicio (fs. 4), formularios AVCs, de afiliación y de baja a la C:N.S.S. (fs. 5 y 6), documentos que demuestran que el solicitante trabajó en la Empresa Minera Huanuni, dependiente de COMIBOL, desde el mes de abril de 1954 a julio de 1971, completando los 17 años, dos meses y 21 días, equivalentes a 195 cotizaciones, las que en aplicación de los arts. 13 y 14 del D.S. Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, aplicable al caso presente con la permisión del art. 33 de la C.P.E. y parte in fine del único Considerando de dicho D.S., deben ser consideradas a favor del beneficiario, porque de lo contrario implicaría la denegación de dicho beneficio que se encuentra tutelado en los arts. 7 inc. a), k), 158 de la C.P.E., y 45 del Cód. S.S., normas que fueron denunciadas como infringidas en el recurso