Auto Supremo AS/0685/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0685/2007

Fecha: 30-Ago-2007

2)


2).- En el caso de autos, el supremo tribunal, al resolver casos similares, ante la existencia del pliego de cargo, emitido luego de cumplir el procedimiento administrativo respectivo, vale decir, en estado de encontrarse en etapa de cobranza coactiva, ha establecido que los tribunales de instancia, carecen de competencia para modificar o dejar sin efecto dichos actos, en aplicación de los arts. 157 de la L.O.J. y 305 y 307 del Cód. Trib., lo contrario sería incurrir en interpretación y aplicación indebida de los arts. 214 del Cód. Trib. y 337 del Cód. Pdto. Civil, como omisión del art. 238 del Cód. Trib. y art. 5 de la L.O.J., por cuanto las disposiciones del Procedimiento Civil, sólo se aplican a falta de disposición expresa del procedimiento Contencioso Tributario previsto en el Título VI del Código Tributario