Auto Supremo AS/0706/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0706/2007

Fecha: 14-Sep-2007

Que, por otra parte, es también importante tener en cuenta que hubo un reconocimiento expreso


Que, por otra parte, es también importante tener en cuenta que hubo un reconocimiento expreso de la deuda y solicitud de plan de pagos hecha por el contribuyente que figura en los memoriales de fs. 138 y 139 de antecedentes, los mismos que han sido tergiversados y mal interpretados al momento de emitir el auto de vista, pedido de prórroga u otras facilidades de pago que interrumpen la prescripción conforme dispone el art. 54 inc. 3) del Cód. Pdto. Trib., aclara igualmente que los términos jurídicos suspensión e interrupción de la prescripción son diametralmente opuestos, demostrándose una vez más la mala aplicación de normas legales, así como el débil sustento legal que tiene el auto de vista