Auto Supremo AS/0733/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2007

Fecha: 17-Sep-2007

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,


A su vez, la entidad demandada en base a los argumentos expuestos en su memorial de fs. 392-395, solicita que se declare improcedente el recurso de casación, por consiguiente ejecutoriado el auto de vista.

Finalmente, la entidad recurrente, mediante su apoderado Jorge Zamora Tardío por memoriales de fs. 414-423 y 432, en sujeción al art. 266 del Cód. Pdto. Civil, apersonándose al proceso mejora los fundamentos de su defensa.

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no, se tiene lo siguiente:

1) En principio, de la revisión de obrados, se evidencia que en la fase administrativa de fiscalización tributaria, se tramitó el proceso penal administrativo por el delito de defraudación aduanera, en aplicación del D.S. No. 22126 de 15 de febrero de 1989 y arts. 98 y 99 inc. 1) del Cód. Trib., incoada por la Aduana Regional de Oruro contra la Agencia Despachante de Aduana "Mérida Ltda.", el cuál empezó con el auto inicial de fecha 28 de julio de 1998 y culminó con la Resolución Administrativa GRORU 03 No. 164/2000 de 17 de agosto de 2000