Auto Supremo AS/0733/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2007

Fecha: 17-Sep-2007

CONSIDERANDO III: Que, analizado el proceso con relación a lo denunciado en el recurso, se


CONSIDERANDO III: Que, analizado el proceso con relación a lo denunciado en el recurso, se concluye lo siguiente:

I.- Con referencia al recurso de casación en el fondo, en el marco del art. 253 incs. 1), 2) y 3) del Cód. Pdto Civil, invocado por el recurrente, se advierte que el fallo recurrido ciertamente contiene interpretación errónea, aplicación indebida o contradictoria, precisamente porque no obstante que el mismo tribunal de alzada admite en su auto de vista, que la resolución administrativa impugnada, se emitió sobre bases erróneas sin cumplir lo dispuesto en el inc. 6) del art. 170 del Cód. Trib., concluye que la ausencia de cualesquiera de esos requisitos enumerados vicia de nulidad el acto impugnado en virtud de la última parte del inciso 7) del citado artículo, pero a la vez de manera contradictoria revoca la sentencia declarando firme y subsistente la Resolución Administrativa GRORU 03 No. 164/2000 de 17 de agosto de 2000, incurriendo nuevamente en error al determinar que el sujeto activo debe introducir las modificaciones y correcciones conforme al informe técnico de fs. 317-327, para que el monto de los tributos adeudados reflejen la veracidad del contenido del proceso administrativo