Auto Supremo AS/0008/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0008/2008

Fecha: 07-Ene-2008

Concluye solicitando se ordene el pago oportuno de su derecho irrenunciable a la indemnización por


Que contra el mencionado auto de vista, el actor interpone el recurso de casación en el fondo de Fs. 98, expresando que el Tribunal ad quem equivocadamente le quita el derecho de indemnización por accidente de trabajo, por cuanto la gravedad de la lesión le dejó con incapacidad parcial permanente, conforme establecen los Arts. 79, 81 y 89 de la L.G.T., concordante con los Arts. 91, 93, 97 y 119 de su Decreto Reglamentario, por lo que no constituye óbice el hecho de estar asegurado a la administradora de fondos de pensiones que otorga un porcentaje del salario por invalidez.

Concluye solicitando se ordene el pago oportuno de su derecho irrenunciable a la indemnización por accidente de trabajo sufrido en la empresa demandada