Auto Supremo AS/0333/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0333/2008

Fecha: 17-Oct-2008

El párrafo segundo del citado artículo 3 - I de la Ley 2445, prevé que


El párrafo segundo del citado artículo 3 - I de la Ley 2445, prevé que en caso de existir materia justiciable el Fiscal General de la República requerirá, ante la Corte Suprema de Justicia el enjuiciamiento, requerimiento que, previa consulta a su Sala Penal, será remitido al Congreso Nacional pidiendo su autorización expresa de conformidad a la atribución 5ª del artículo 118 de la Constitución Política del Estado