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    Auto Supremo AS/0333/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0333/2008

    Fecha: 17-Oct-2008

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • VISTOS: El memorial de 5 de septiembre de 2008 (fojas 25 a 27), la remisión
    • Que corrido en traslado, el Fiscal General de la República mediante memorial de 15 de
    • CONSIDERANDO: Que, a fin de resolver el recurso interpuesto, resulta necesario referirse a las disposiciones
    • El artículo 118 - 5ª de la Constitución Política del Estado establece que es atribución
    • El artículo 3 - I de la Ley 2445 de 13 de marzo de 2003,
    • El párrafo segundo del citado artículo 3 - I de la Ley 2445, prevé que
    • Que, respecto al juicio de responsabilidades la Sentencia Constitucional número 020/2004 de 4 de marzo
    • Que, la Declaración Constitucional número 0003/2005 de 8 de junio, estableció que la función del
    • Que, el requerimiento acusatorio constituye el acto jurídico a través del cual el Fiscal General
    • Que, siendo manifiestamente infundado el recurso, corresponde su rechazo en la forma prevista por el
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Dr. Ángel Irusta Pérez
    • Libro Tomas de Razón 1/2008

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