Libro Tomas de Razón 1/2008
Sucre, 17 de octubre de 2.008
Proveído.- Jaime René Conde Andrade -Secretario de
Cámara de la Sala Penal Primera.
Libro Tomas de Razón 1/2008
- VISTOS: El memorial de 5 de septiembre de 2008 (fojas 25 a 27), la remisión
- Que corrido en traslado, el Fiscal General de la República mediante memorial de 15 de
- CONSIDERANDO: Que, a fin de resolver el recurso interpuesto, resulta necesario referirse a las disposiciones
- El artículo 118 - 5ª de la Constitución Política del Estado establece que es atribución
- El artículo 3 - I de la Ley 2445 de 13 de marzo de 2003,
- El párrafo segundo del citado artículo 3 - I de la Ley 2445, prevé que
- Que, respecto al juicio de responsabilidades la Sentencia Constitucional número 020/2004 de 4 de marzo
- Que, la Declaración Constitucional número 0003/2005 de 8 de junio, estableció que la función del
- Que, el requerimiento acusatorio constituye el acto jurídico a través del cual el Fiscal General
- Que, siendo manifiestamente infundado el recurso, corresponde su rechazo en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Dr. Ángel Irusta Pérez
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