Auto Supremo AS/0351/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2008

Fecha: 07-Oct-2008

Alega también que el auto de vista vulnera los arts


Alega también que el auto de vista vulnera los arts. 18 y 19 del Reglamento Interno de Funcionamiento y de Debates del H. Concejo Municipal, arts. 35 y 38 de la Ley Orgánica de Municipalidades y arts. 40 y 41 de la Ley de Municipalidades, así como también señala errónea interpretación de los alcances del art. 42 del D.S.Nº 21364 de 13 de agosto de 1986, norma declarada constitucional que prevé el pago solamente por gastos de representación del Presidente de la República, Vicepresidente, Subsecretarios y Subcontralores, es decir que las normas reglamentarias internas que regulan una asignación por gastos de representación a favor del Vicepresidente y Concejal Secretario del H. Concejo Municipal vulneran lo dispuesto en la normativa legal supra citada