La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
En apelación deducida por las partes coactivadas (fs. 958-960 vta., 963-969, 972-978), la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, mediante Auto de Vista Nº 053/2007 de 30 de enero de 2007, revocó totalmente la Sentencia Nº 32/06 de 31 de octubre de 2006, cursante a fs. 949-954, declarando improbada la demanda por lo que dejó sin efecto el Pliego de Cargo Nº 26/06 de fs. 955 de obrados.
La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo de fs. 1003- 1005 vta, interpuesto por Alfredo Dimas Gutiérrez Toro, en representación del Gobierno Municipal de Sucre, que acusó la incorrecta interpretación y aplicación de la normativa establecida en el art. 62 del Reglamento Interno de Funcionamiento y de Debates del H. Concejo Municipal, porque además vulnera lo dispuesto por el art. 17 inc. d) del propio Reglamento Interno; art. 34 de la Ley Orgánica de Municipalidades y el art. 38 de la Ley de Municipalidades, normas que determinan la atribución legal representativa del cuerpo colegiado, siendo que el Vicepresidente sólo en ausencia o impedimento legal del Presidente, asume funciones representativas de dicho ente deliberante
- PARTES: H. Concejo Municipal de Sucre c/ Raúl Gutierrez Gantier y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- La referida determinación, motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Alega también que el auto de vista vulnera los arts
- El recurrente señaló también que el auto de vista impugnado vulnera el derecho a la
- Finalmente pide se case el auto de vista y deliberando en el fondo se declare
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo acusado es
- En ese entendido, realizando un exhaustivo análisis de lo acusado, se advierte que el citado
- Por otra parte, tanto la restricción instituida en el D
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
