Auto Supremo AS/0351/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2008

Fecha: 07-Oct-2008

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría


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VISTOS: El recurso de casación en el fondo a fs. 1003-1005 vta., interpuesto por Alfredo Dimas Gutiérrez Toro, en representación legal del Gobierno Municipal de Sucre contra el Auto de Vista Nº 053/2007 de 30 de enero de 2007, cursante a fs. 994-996, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso coactivo fiscal seguido por el Gobierno Municipal de Sucre, contra Raúl Gutiérrez Gantier, Moisés Tórres Ramírez, Oscar Villa Trigo, Fernando Rodríguez Calvo, Vladimir Gutiérrez Pérez, Fidel Herrera Ressini, Ruth Sensano Urdininea, Jaime Gallo Garabito, Ignacio Mendoza Pizarro, Edgar Pedro Sérnich Cáceres y Carlos Quintana Campos, la respuesta formulada a fs. 1008-1013, el dictamen fiscal de fs. 1017-1019, los antecedentes del proceso y

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría Nº GH/EP01/J99-R2 preliminar y GH/EP01/J99-C2, complementario y el Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR-1/D-033/2001, de 18 de mayo de 2001, el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del Distrito Judicial de Chuquisaca, emitió la Sentencia Coactiva Fiscal Nº 32/06 de 31 de octubre de 2006 (fs. 949-954), declarando probada en parte la demanda, cursante a fs. 87-88, disponiendo mantener la Nota de Cargo Nº 85/02 de fs. 91 de obrados. Por otro lado, excluyó a los coactivados Vladimir Gutiérrez Pérez, Fidel Herrera Ressini y Fernando Rodríguez Calvo, este último que al margen de que hizo abandono de la sesión ordinaria que aprobó el Presupuesto del H. Concejo Municipal, gozaba de inmunidad parlamentaria al tenor del art. 52 de la Constitución Política del Estado de ese entonces e inc. b) del art. 17 del Reglamento de la Cámara de Diputados. En consecuencia, se giró el correspondiente Pliego de Cargo en contra de los coactivados: Raúl Gutiérrez Gantier, Moisés Tórres Ramírez, Oscar Villa Trigo, Ruth Sensano Urdininea, Jaime Gallo Garabito, Ignacio Mendoza Pizarro, Edgar Pedro Sérnich Cáceres y Carlos Quintana Campos por la suma de Bs. 21.000.- equivalente a $us. 3.989