Auto Supremo AS/0361/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0361/2008

Fecha: 21-Oct-2008

CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolver el mismo


CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolver el mismo en base a los hechos denunciados y la normativa invocada, estableciéndose lo siguiente:

El art. 34 del Manual de Prestaciones de Rentas en Curso de Pago y Adquisición de la Unidad de Recaudación, en concordancia con el art. 52 del Código de Seguridad Social, establecen que no tienen derecho a la renta de viudedad la divorciada por sentencia ejecutoriada antes de la fecha del fallecimiento del causante, la esposa que hubiese estado separada en forma libre, consentida y continuada por más de dos años, conforme dispone el Código de Familia, la conviviente, si el de cujus estuvo casado y no existía sentencia de divorcio ejecutoriada y cuando hubiera quedado dos o más concubinas, situación que será comprobada mediante procedimiento especial