Por el contrario, los datos que informan al proceso demuestran la vigencia de la unión
Por el contrario, los datos que informan al proceso demuestran la vigencia de la unión conyugal al momento del fallecimiento de Crispín Candia Tarqui, circunstancias todas que desvirtúan las denuncias formuladas en el recurso de casación en el fondo, máxime, si enfatizamos el hecho de que no existe prueba que acredite la separación voluntaria y continuada por más de dos años de los referidos cónyuges
- PARTES: Justa Chamba Vda. De Candia c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que la Comisión de Calificación de Rentas pronunció la Resolución No
- Esta decisión motivó la interposición del recurso de apelación de fs
- Ante esta determinación, el representante legal de SENASIR recurrió de casación en el fondo conforme
- Señala que en virtud a lo establecido en el art
- Con estos argumentos, solicitó se case la resolución de vista recurrida y se confirme en
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, corresponde resolver el mismo
- Consiguientemente, este es el marco normativo dentro del cual corresponde dilucidar si a Justa Chambi
- De la revisión de los antecedentes procesales, en contraste con el precepto normativo anteriormente glosado,
- En efecto, si bien es cierto que de la documental de fs
- A lo expuesto, debemos agregar que en los certificados de defunción de fs
- En definitiva, el recurrente no demostró que el tribunal de alzada haya incurrido en errores
- Por el contrario, los datos que informan al proceso demuestran la vigencia de la unión
- Finalmente corresponde señalar que no se puede alegar la vulneración del art
- Bajo estas premisas y no habiéndose demostrado la lesión, vulneración o violación de los artículos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
