CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, sobre la base de los informes de auditoria especial
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 355-360, interpuesto por Carlos Quintana Campos, contra el Auto de Vista Nº 15/2007 de 9 de enero de 2007 (fs. 350-352 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso coactivo fiscal que sigue la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de Sucre, contra Oscar Villa Trigo, Carlos Quintana Campos y Edgar Pedro Sernich Cáceres, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, sobre la base de los informes de auditoria especial preliminar Nº GH/EP01/J99 R3 de 15 de junio de 2000 (fs. 27-29) y complementario Nº GH/EP01/J99 C3 de 5 de abril de 2001 (fs. 4-10), aprobados mediante Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR-1/D-031/2001 de 16 de mayo de 2001 (fs. 42-), respecto de gastos de ejecutados por el H. Concejo Municipal de Sucre, por las gestiones 1996, 1997, 1998 y primer semestre de 1999, el Juez Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de la ciudad de Sucre, cumpliendo la nulidad determinada por Auto de Vista de fs. 280-281, emitió la Sentencia Coactiva Fiscal Nº 25/06 de 13 de octubre de 2006 (fs. 314-318), declarando probada la demanda coactiva fiscal de fs. 60-61, manteniendo la Nota de Cargo Nº 57/02 de fs. 63 y ordenó girar pliego de cargo, contra los coactivados Edgar Pedro Sernich Cáceres, Oscar Villa Trigo y Carlos Quintana Campos, por la suma de Bs. 1.394, equivalente a $us. 277, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- PARTES: H. Alcaldía Municipal de Sucre c/ Edgar Pedro Sernich Cáceres y otros
- MINISTRO RELATOR: Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso, sobre la base de los informes de auditoria especial
- En apelación deducida por los coactivados Carlos Quintana Campos (fs
- Esta determinación, motivó el recurso de casación en el fondo, interpuesto por el Coactivado Carlos
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- Por otra parte no se ha considerado la licitud y legalidad de los documentos municipales
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- Concluyó solicitando que se conceda el recurso de casación para que este tribunal case el
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es
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- Sin embargo, revisando los fundamentos del recurso de apelación, consta que no se especificó claramente
- Tampoco se ha determinado que los documentos presentados por la parte coactivada sean ilícitos o
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas, en aplicación a lo previsto por el art
- RELATOR: Ministro Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Julio Ortiz Linares
- Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
