Auto Supremo AS/0485/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0485/2008

Fecha: 02-Oct-2008

De lo anteriormente expuesto se concluye que el Ad quem, en cumplimiento de lo determinado


De lo anteriormente expuesto se concluye que el Ad quem, en cumplimiento de lo determinado por el Art. 236 del Código de Procedimiento Civil, ha hecho una correcta valoración de la prueba aportada, dando debida aplicación a las normas legales sobre la materia, estableciendo como inexistente la relación laboral entre las partes, con derecho al pago de beneficios sociales y, consecuentemente, no es evidente la infracción acusada en el recurso de Fs. 72-73