El art
El art. 254-I del Adjetivo Civil establece la procedencia del recurso en la forma, al haberse violado las formas esenciales del proceso, cuando la Sentencia o el Auto de Vista hubieran sido dictados por juez o tribunal incompetente. Norma de cumplimiento obligatorio por la que el Ad quem debió pronunciarse con relación a las infracciones de la A quo, anulando obrados y remitiendo el proceso a la autoridad llamada por ley
- AUTO SUPREMO Nº 494 - Social Sucre, 06 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que la Sentencia No
- Apelada la Sentencia por Eduardo Quiroga Segovia, Jefe local de la Superintendencia Forestal de Santa
- Resolución confirmatoria de la que, como se tiene referido, la Superintendencia demandada a través de
- Indica que ella no figuró nunca en la planilla de personal, porque no tenía calidad
- El art
- En el fondo, alega que los de instancia han incurrido en interpretación errónea de la
- En la impugnación del Auto de Vista, además, señala que lo sostenido en él sobre
- Concluye, con un petitorio incoherente del que se desprende, a continuación de la formalización del
- CONSIDERANDO III: Que, del recuento y análisis anterior se concluye, con el establecimiento como hecho
- Que, si bien el recurso no se atiene estrictamente a las previsiones del art
- De donde se concluye que la demandante no estaba comprendida en los alcances y previsiones
- Que, el recurso al impugnar las resoluciones de instancia, en una relación carente de lógica
- De manera equívoca, con desconocimiento del régimen legal adjetivo en materia Laboral y los principios
- Que, el petitorio final del recurso, resulta incoherente desde el punto de vista legal y
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
