Auto Supremo AS/0503/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0503/2008

Fecha: 09-Oct-2008

b) Por su parte, el representante de la Empresa CLISA S


b) Por su parte, el representante de la Empresa CLISA S.A., interpone recurso de casación en el fondo (fs. 163-164), con el argumento de que según la prueba literal presentada por el propio demandante, Julio Guerra Motta, éste se hallaba vinculado como consultor independiente a la empresa COMSER S.A. CONSULTORES desde el 2 de enero de 1996 y, sin embargo de ello, el demandado suscribió un contrato laboral con la empresa CLISA, estando en vigencia el contrato de consultoría que recién culminaba en enero de 1998. Que la labor que desempeñaba en CLISA exigía dedicación exclusiva y que no fue cumplida porque el demandante abandonaba constantemente la fuente de trabajo para cumplir el contrato de consultoría que lo unía a COMSER S.A. y que por esos aspectos -dice- CLISA no tiene por qué pagar los montos a los que se le condena; extremos que no han sido debidamente conpulsados