Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0517/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0517/2008

    Fecha: 17-Oct-2008

    Sucre, 17 de octubre de 2008


    Sucre, 17 de octubre de 2008
    • AUTO SUPREMO Nº 517 - Social Sucre,17 de octubre de 2008
    • En grado de apelación, deducida por la entidad demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera
    • Contra la citada resolución de vista, la entidad demandada interpone el recurso de casación en
    • Agrega que si bien es cierto que conforme al art
    • CONSIDERANDO II: Que analizado el contenido del recurso, las normas acusadas de infringidas, las alegaciones
    • Ahora bien, si a la facticidad anterior se aplica la previsión legal contenida en el
    • Consiguientemente, habiéndose advertido la ininterrupción de los servicios prestados por el trabajador, no resulta aplicable
    • En cuanto a la acusada infracción del art
    • Consiguientemente, no siendo evidente las infracciones acusadas, corresponde dar aplicación lo preceptuado por el art
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dr. Jaime Ampuero García
    • Sucre, 17 de octubre de 2008
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca