CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
DISTRITO: Chuquisaca
PARTES: Antonio Rueda Cortéz y otros c/ Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 369-372, interpuesto por Gonzalo Tórres Rosales, en su condición de Distrital Comercial Sud de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.), contra el Auto de Vista Nº 315 de 29 de septiembre de 2004, de fs. 361-363, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso social seguido por Antonio Rueda Cortez, Norman Rosado Barrón, Juan Carlos Bazán Ortega, Nilda Nieves Murillo Anagua, Carlos Miranda Coronado y René Rómulo Torrico Basagoitia contra Yacimiento Petrolíferos Fiscales Bolivianos; el auto que concede el recurso de fs. 374, el dictamen fiscal de fs. 378, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Sucre emitió la sentencia Nº 97/04 el 24 de abril de 2004, de fs. 220-222, declarando probada la demanda de fs. 64-67 e improbada la excepción perentoria de pago de fs. 120-123, con costas; ordenando que la entidad demandada pague a favor de: Antonio Rueda Cortez, Bs.35.890,32; Norman Rosado Barrón, Bs. 29.879,05; Juan Carlos Bazán Ortega, Bs. 18.737,92; Nilda Nieves Murillo Anagua, Bs. 11.613,51; Carlos Miranda Coronado Bs. 38.799,63; y a Rene Rómulo Torrico Basagoitia, Bs. 30.297,21, por los conceptos detallados en la liquidación de fs. 221-222
- AUTO SUPREMO Nº 527 - Social Sucre, 20 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En apelación, deducida por ambas partes litigantes, la Sala Social y Administrativa de la Corte
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo y en la forma de
- b) En la forma, menciona que la falta de intervención del Ministerio Público dentro del
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
- II
- III
- IV
- V
- VI
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatorias de fs
- Fue disidente la Sra
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 20 de octubre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
