Auto Supremo AS/0544/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2008

Fecha: 24-Oct-2008

CONSIDERANDO III: Que, del análisis y conocimiento anterior se tiene que el recurrente, sin organizar


Concluye reiterando la infracción acusada de los arts. 202 del Adjetivo Laboral y 7 del Civil y pide la concesión del recurso en el fondo y en la forma, "a fin de declarar la anulación hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta que se proceda nuevamente con la citación con la demanda al demandado". (sic)

CONSIDERANDO III: Que, del análisis y conocimiento anterior se tiene que el recurrente, sin organizar su fundamentación en el fondo y en la forma, no ha tenido presente el contenido previsional del art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, al no dar estricto cumplimiento a la exigencia procesal que conlleva, limitándose a una relación intrascendente de hechos irrelevantes, en cuanto no están estrictamente enmarcados en la preceptiva de la ley adjetiva específica, atribuyéndole a ésta contenidos y definiciones, acordes con sus pretensiones procesales