Auto Supremo AS/0544/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0544/2008

Fecha: 24-Oct-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Por lo que se deja establecido que los de instancia obraron en el conocimiento de la causa y su resolución, en el marco del ejercicio de sus facultades jurisdiccionales, sin incurrir en error alguno de hecho o derecho en la valoración de la prueba; lo que hace exigible la aplicación del art. 273 del Código Procesal del Trabajo al recurso de autos que, por otra parte no enmarca su petitorio en la normativa del art. 271 del Código de Procedimiento Civil, al solicitar "...declarar la anulación hasta el vicio más antiguo..." (sic).

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en aplicación del art. 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 163-173. Con costas