Auto Supremo AS/0549/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0549/2008

Fecha: 29-Oct-2008

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6.- En lo que hace al reclamo del aguinaldo y de las vacaciones, su pago debe disponerse en función del razonamiento consignado en la sentencia de fs. 158-159, es decir, por concepto de aguinaldo doble la suma de Bs. 3.234 y por vacaciones Bs. 1.185.-; aspectos con los que se entiende la parte actora estaba de acuerdo, ya que no han sido reclamados en oportunidad del recurso de apelación de fs. 154-155