CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de
DISTRITO: La Paz
PARTES: Elena Iquiapaza Mendoza Vda. de Castro y otros c/ Honorable Alcaldía Municipal de La Paz
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VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 179-181, interpuesto por Elena Iquiapaza Mendoza Vda. de Castro y otros, contra el auto de vista Nº 214/04-SSAI de 9 de noviembre de 2004, cursante a fs. 174-175, dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso laboral seguido por la recurrente y sus hijos Rosemary y Jimena Janeth Castro Iquiapaza al fallecimiento de Carlos Castro Rojas, contra la Empresa FAMTUL; la respuesta de fs. 185-186, el auto que concede el recurso de fs. 186 vta., el dictamen fiscal de fs. 189-190, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, en fecha 6 de septiembre de 2002, pronunció la sentencia Nº 58/2002 de fs. 138-139 declarando probada en parte la demanda de fs. 5-6, con costas; disponiendo que la empresa municipal demandada cancele a favor de la actora la suma de Bs. 72.333.-, por concepto de indemnización, desahucio, indemnización por accidente, vacación, sueldos devengados, aguinaldo doble, bono 16 de julio y bono 20 de octubre; monto al que se agregarán los reajustes previstos en el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992
- AUTO SUPREMO Nº 549 - Social Sucre, 29 de octubre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de
- Apelada la sentencia por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte
- Que, contra el referido auto de vista, la actora por sí y en representación de
- b) En la forma, denuncia que el Juez de la causa estaba impedido de dictar
- Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, anule obrados hasta el
- CONSIDERANDO II:Que, así interpuesto el recurso, de una revisión minuciosa del expediente, se establece lo
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- Por lo relacionado precedentemente, y siendo evidentes las infracciones acusadas corresponde resolver el recurso conforme
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
