Auto Supremo AS/0404/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0404/2008

Fecha: 10-Nov-2008

Además, aplicaron el principio de la primacía de la realidad en cuya virtud, para la


Además, aplicaron el principio de la primacía de la realidad en cuya virtud, para la interpretación de las relaciones entre empleadores y trabajadores, se debe tomar en cuenta lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que las partes han contratado formalmente. Bajo este principio, no importa la autonomía de la voluntad de las partes, sino la demostración de la realidad que reina sobre la relación entre trabajador y empleador. Así, ambos pueden contratar una cosa, pero si la realidad es otra, es esta última la que tiene efectos jurídicos, en definitiva, las cosas son lo que su naturaleza y no su denominación determinan