Auto Supremo AS/0404/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0404/2008

Fecha: 10-Nov-2008

En efecto, en el caso de autos, se dispuso el pago doble del aguinaldo por


En efecto, en el caso de autos, se dispuso el pago doble del aguinaldo por cuanto éste no fue cancelado oportunamente a la actora, circunstancia que no fue desvirtuada por la documental de fs. 19 como pretende la recurrente, razón por la cual, en aplicación del art. 2 de la Ley de 18 de diciembre de 1944, se determinó el pago doble del aguinaldo, razonamiento que nos lleva a la conclusión de que no es evidente la violación de la norma antes citada