Auto Supremo AS/0407/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2008

Fecha: 10-Nov-2008

Además, de acuerdo a la técnica procesal, es obligación del recurrente demostrar a través de


Además, de acuerdo a la técnica procesal, es obligación del recurrente demostrar a través de documentos auténticos que los juzgadores de instancia incurrieron en errores de hecho en la apreciación de la prueba, situación que en el caso de autos se extraña; del mismo modo, para determinar la existencia de errores de derecho en la facultad valorativa del elenco probatorio, es menester que el recurrente señale la pieza o piezas procesales cuyo valor probatorio asignado por los juzgadores, es diferente al establecido por la ley, circunstancia que no se advierte a lo largo de los fundamentos expuestos en el recurso de casación que se resuelve, tornando en infundadas las denuncias formuladas al respecto