Auto Supremo AS/0407/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0407/2008

Fecha: 10-Nov-2008

Bajo estas premisas, conviene concluir que no es evidente la vulneración del art


Bajo estas premisas, conviene concluir que no es evidente la vulneración del art. 46 parágrafo II de la Ley General del Trabajo, concordante con los arts. 35, 36 y 37 de su Decreto Reglamentario, que regulan sobre la jornada de trabajo; tampoco es evidente la vulneración de los arts. 70 y 71 del D.S. 21060, que también contienen disposiciones sobre la jornada de trabajo, toda vez que no es tema de discusión en la presente causa