Auto Supremo AS/0424/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0424/2008

Fecha: 22-Nov-2008

CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde


CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde resolver el mismo en base a las normas invocadas y los hechos denunciados, en esa tarea se tiene:

El art. 2 del D.L. 16187, determina que no está permitida la suscripción de más de dos contratos sucesivos a plazo fijo, tampoco están permitidos celebrar contratos en tareas propias y permanentes de la empresa, puesto que, en caso de evidenciarse la infracción de estas disposiciones por el empleador, se dispondrá que el contrato a plazo fijo se convierta en contrato de tiempo indefinido